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15 agosto, 2017

CÓRDOBA ESTABLECE BENEFICIOS FISCALES PERMANENTES PARA LOS CENTROS DE CONTACTO

Con motivo de la gestión de la CACC ante la DGR y la Secretaría de Ingresos Públicos, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, a través del Decreto Nº 715 publicado en el Boletín Oficial el 8 de junio de 2017, estableció de manera permanente las exenciones fiscales al Impuesto a los Ingresos Brutos y al Impuesto a los Sellos para las empresas instaladas en la Provincia de Córdoba y cuya actividad esté destinada a operar como “Call Center”.

La novedad muy significativa es que se establece un régimen de carácter Permanente ya que estará incluido en el Código Tributario de la Provincia de Córdoba, dejando de ser un Programa de Promoción transitorio por 10 años como estaban establecidos estos beneficios en la normativa anterior.

La importancia estratégica de nuestro sector para la Provincia está plasmado en los Considerandos del Decreto Nº 715:

“Que es política del actual Gobierno de Córdoba mejorar los niveles de empleo y producción de bienes y servicios mediante la adopción de medidas tendientes a promover la continuidad en la radicación y/o ampliación de inversiones productivas en la Provincia”

“Que mediante la actividad de ‘Call Center’ se promueve el empleo de jóvenes de una franja de 18 a 25 años que, en la mayoría de los casos, evidencian su primer empleo y, asimismo para la Provincia redunda en beneficios en materia económica.”